La Corte Constitucional suspendió provisionalmente el Decreto Legislativo 1390 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional había declarado el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio colombiano, mientras se adopta una decisión de fondo sobre su constitucionalidad.
La determinación fue anunciada a través del Comunicado 01 del 29 de enero de 2026, correspondiente al Auto 082 de 2026, dentro del expediente RE-387. En el documento, la Sala Plena del alto tribunal ordena detener temporalmente los efectos del decreto expedido el pasado 22 de diciembre de 2025, hasta tanto se emita un fallo definitivo.
Según la decisión, la suspensión busca preservar el orden constitucional mientras la Corte analiza si la declaratoria de emergencia cumple con los requisitos establecidos en la Carta Política para este tipo de medidas excepcionales. El decreto había otorgado facultades extraordinarias al Ejecutivo para enfrentar una situación económica y social que el Gobierno consideró grave y sobreviniente.
La providencia fue adoptada con salvamentos y aclaraciones de voto. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade salvaron su voto, mientras que Juan Carlos Cortés González y Natalia Ángel Cabo presentaron aclaración frente a la decisión mayoritaria.
El auto fue suscrito por los magistrados Natalia Ángel Cabo, Carlos Camargo Assis, Juan Carlos Cortés González, Lina Marcela Escobar Martínez, Paola Andrea Meneses Mosquera y Miguel Polo Rosero, y comunicado oficialmente por la vicepresidenta de la Corte Constitucional, Paola Andrea Meneses Mosquera.
La suspensión provisional no implica una decisión definitiva sobre la validez del decreto, sino una medida temporal mientras el alto tribunal estudia de fondo su constitucionalidad. Entre tanto, el decreto de emergencia económica queda sin efectos, en un contexto que mantiene abierto el debate jurídico y político sobre el alcance de las facultades extraordinarias del Gobierno y el control constitucional que ejerce la Corte.






