Saltar al contenido
Agenda tu cita por Kashi
Destacado | Nuevo Día Noticias
Lo último
Burger Master
Destacado

Corte Constitucional ordena medidas urgentes para proteger a la niñez wayuu en La Guajira

Las medidas cobijan a Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia e incluyen atención extramural en al menos 60 comunidades, respuesta inmediata en salud mental y seguimiento individual a los casos prioritarios

Corte Constitucional

La Corte Constitucional ordenó medidas urgentes para proteger la salud y la vida digna de niñas, niños y adolescentes Wayuu de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, luego de identificar fallas en la atención durante una inspección judicial realizada en La Guajira entre el 26 y el 28 de agosto.

Las órdenes fueron impartidas por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, mediante el Auto 1304 de 2026, y buscan responder de manera inmediata a situaciones que la Corte consideró prioritarias mientras continúa el proceso para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en el departamento.

Durante la inspección, la Sala identificó tres problemas principales: la falta de coordinación entre las EPS que atienden a integrantes de una misma comunidad, la ausencia o insuficiente periodicidad de los equipos extramurales e interculturales en comunidades dispersas y los riesgos para la salud mental de niñas, niños y adolescentes Wayuu en comunidades de Maicao.

Canal de WhatsApp

Atención individual para los casos prioritarios

Una de las medidas ordenadas establece que el Ministerio de Salud, las autoridades territoriales, las EPS y EPSI y las IPS y ESE que operan equipos extramurales deberán implementar una estrategia temporal para identificar y hacer seguimiento individual a los casos prioritarios.

El mecanismo deberá establecer quién es responsable de cada caso, qué atención requiere, cuándo debe recibirla y cuáles son las barreras que están impidiendo el acceso efectivo a los servicios de salud.

Las entidades tendrán 45 días para presentar un informe de cumplimiento, mientras que la Consejería Presidencial para las Regiones deberá convocar, dentro de los siguientes 15 días, un espacio técnico de articulación para poner en funcionamiento la estrategia.

Atención extramural para al menos 60 comunidades

La Corte también ordenó identificar, en un plazo de 15 días, las comunidades que presentan ausencia, discontinuidad o insuficiencia en la atención extramural.

Posteriormente, las entidades responsables deberán poner en funcionamiento, en un plazo de 30 días, un esquema transitorio que priorice al menos 15 comunidades en cada uno de los cuatro municipios cobijados por la decisión: Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.

Esto representa un mínimo de 60 comunidades dispersas.

Para establecer la priorización deberán tenerse en cuenta factores como la presencia de niñas y niños y mujeres gestantes y lactantes, casos de desnutrición, enfermedades respiratorias y diarreicas, acceso al agua, distancia, movilidad y el tiempo transcurrido desde la última visita de los equipos de salud.

La Corte estableció además que, en un plazo máximo de seis meses, deberá consolidarse un plan que garantice como mínimo una visita mensual a las comunidades priorizadas.

La Sala aclaró que este último plazo no significa que las autoridades puedan esperar seis meses para comenzar a actuar. Las labores de atención, seguimiento y remisión deberán iniciar desde el comienzo de la implementación de las medidas.

Respuesta inmediata para la salud mental en Maicao

Uno de los llamados de atención de la Corte está relacionado con la salud mental de la niñez Wayuu.

El Ministerio de Salud deberá activar, en un plazo máximo de ocho días hábiles, una respuesta psicosocial de urgencia dirigida a las niñas, niños y adolescentes de las comunidades Cantawamana y Majayupana, en Maicao, así como a sus familias.

En esta intervención deberán participar, dentro de sus competencias, la Secretaría de Salud de La Guajira, el ICBF y la Alcaldía de Maicao.

La respuesta deberá incluir valoración inmediata del riesgo, atención individual de los casos identificados, manejo de situaciones de crisis, seguimiento a los menores y sus familias y acciones de prevención comunitaria.

La Corte estableció además que el personal encargado deberá contar con formación intercultural y conocimiento del wayuunaiki.

Corte pide caracterizar la salud mental de la niñez Wayuu

La decisión también ordenó realizar una caracterización intercultural de la situación de salud mental de niñas, niños y adolescentes Wayuu de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.

El estudio deberá desarrollarse en un plazo de tres meses y establecer la magnitud de la problemática, las barreras de acceso a los servicios, los factores de riesgo y protección y las rutas disponibles para la atención.

El objetivo será formular recomendaciones que permitan adoptar acciones tanto inmediatas como estructurales.

La falta de documentos no podrá impedir la atención

Otra de las órdenes está dirigida a la situación de niñas, niños y adolescentes Wayuu del asentamiento de La Pista, en Maicao, que no cuentan con documentos de identificación.

La Registraduría Nacional, con el acompañamiento del ICBF y la Alcaldía de Maicao, deberá realizar dentro de los próximos dos meses una jornada de identificación y registro civil.

Sin embargo, la Corte fue explícita en señalar que la ausencia de un documento de identidad no puede utilizarse para negar o retrasar la atención inicial, de urgencias, de salud pública o de salud mental.

Entidades de control deberán vigilar el cumplimiento

La Sala también ordenó reforzar el seguimiento a las medidas. La Superintendencia Nacional de Salud deberá vigilar las barreras relacionadas con el aseguramiento, la continuidad de la atención y la prestación de los servicios.

La Procuraduría General de la Nación deberá vigilar el cumplimiento de las órdenes, mientras que la Defensoría del Pueblo tendrá que acompañar su implementación y la protección efectiva de los derechos de la niñez Wayuu.

Además, el Ministerio del Interior deberá traducir la decisión al wayuunaiki y garantizar su divulgación entre las autoridades tradicionales y las comunidades cobijadas.

Las medidas adoptadas por la Corte tienen carácter cautelar, transitorio y revisable. La Sala precisó que estas acciones buscan responder de manera inmediata a los riesgos encontrados durante su visita a La Guajira y no sustituyen las soluciones estructurales que deben implementarse para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en 2017.

La decisión se suma al proceso de seguimiento que adelanta la Corte Constitucional sobre la situación de los derechos fundamentales de la niñez Wayuu en el departamento. La propia Sala ha advertido que, pese a los años transcurridos desde la Sentencia T-302 de 2017, persisten causas estructurales relacionadas con la vulneración de derechos como la salud, el agua y la alimentación.

Suscríbete gratis

Crea tu cuenta gratis y recibe artículos exclusivos para suscriptores y otros beneficios.

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión