La actuación de la Corte Suprema de Justicia dentro del proceso que adelanta contra la senadora Martha Peralta Epieyú por el escándalo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) ha comenzado a generar un intenso debate jurídico.
Más allá de la investigación penal —que continúa en curso y sobre la cual la congresista mantiene la presunción de inocencia—, las dudas se concentran ahora en la legalidad de las decisiones que restringieron su libertad antes de que la Sala de Instrucción definiera su situación jurídica.
La discusión tomó fuerza luego que la Revista Cambio revelara que al interior de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema existen reparos frente a la actuación de la magistrada Cristina Lombana, quien ordenó inicialmente la conducción de la congresista a la diligencia de indagatoria y posteriormente dispuso la restricción de su libertad durante varios días. Según el reportaje, los cuestionamientos de la defensa no solo fueron conocidos por la magistrada ponente, sino por todos los integrantes de la Sala, lo que llevó incluso al retiro de una ponencia para que fuera replanteada.
El eje del debate no gira sobre la investigación por la presunta participación de Peralta en la UNGRD, sino sobre el procedimiento utilizado para asegurar su comparecencia. La defensa sostiene que la congresista solicitó el aplazamiento de la diligencia porque no había recibido oportunamente las declaraciones rendidas un día antes por Olmedo López y Sneyder Pinilla, dos de los principales testigos del caso, documentos que consideraba indispensables para preparar su defensa. Aun así, la magistrada habría ordenado su conducción por parte de la Policía sin responder previamente esa solicitud.
Otro de los puntos que hoy generan controversia es la decisión de mantener restringida la libertad de la senadora después de que esta compareciera voluntariamente a la diligencia. Para la defensa, una vez cumplido el objetivo de garantizar su presencia ante la Corte, la continuidad de la medida requería una fundamentación distinta y, eventualmente, una decisión adoptada por la Sala de Instrucción y no únicamente por la magistrada encargada del expediente. Ese argumento constituye hoy uno de los principales cuestionamientos jurídicos planteados dentro del proceso.
El reportaje de la Revista Cambio también recoge otras inconformidades de la defensa relacionadas con las condiciones de la restricción de la libertad. Entre ellas, la presencia permanente de agentes de custodia dentro de la residencia de la congresista, las limitaciones para el ingreso de visitantes y el posterior traslado a instalaciones de la Dijín durante el fin de semana de elecciones legislativas, circunstancias que, según los abogados, habrían afectado derechos fundamentales y el ejercicio de la defensa. Estas afirmaciones corresponden a los argumentos de la defensa y no constituyen conclusiones judiciales.
No obstante, el caso también tiene una lectura institucional. El hecho de que varios magistrados de la Sala de Instrucción hubieran solicitado una respuesta más amplia frente a los cuestionamientos presentados por la defensa sugiere que el debate trasciende el expediente individual y toca aspectos sensibles del debido proceso. De acuerdo con la publicación, esa situación motivó el retiro de la ponencia presentada inicialmente por la magistrada Lombana, mientras se prepara un nuevo proyecto para consideración de la Sala.
Conviene recordar que un juez de la República negó previamente una acción de habeas corpus promovida por la defensa de Martha Peralta y consideró que la captura no obedeció a una decisión arbitraria. Esa determinación, sin embargo, no impide que dentro del propio proceso penal la Corte Suprema examine si las actuaciones cuestionadas se ajustaron plenamente a las garantías procesales exigidas por la Constitución y la ley.
El caso deja planteada una discusión de fondo para la justicia colombiana: ¿hasta dónde puede llegar un juez instructor para garantizar la comparecencia de un investigado sin afectar el debido proceso? La respuesta tendrá implicaciones que van más allá de la situación jurídica de Martha Peralta. Lo que resuelva la Sala de Instrucción podría convertirse en un referente sobre los límites de las medidas restrictivas de la libertad durante la etapa de investigación y sobre el equilibrio que debe existir entre la eficacia de la justicia y la protección de las garantías fundamentales.
Mientras tanto, la investigación por el presunto entramado de corrupción en la UNGRD sigue su curso y será la Corte Suprema de Justicia la encargada de definir tanto la situación procesal de la senadora como el alcance de los cuestionamientos que hoy, según reveló la Revista Cambio, generan un debate interno en el alto tribunal.






