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en Actualidad

Cámara de Representantes aprobó ‘mico’ contra la libertad de prensa en Colombia

En otros términos se plantea es castigar con 5 a 10 años de cárcel y sanciones que van desde los 12 millones 110 mil 651 pesos a 1.362 millones 789 mil pesos, para quienes critiquen a los servidores públicos y exfuncionarios.  

Redacción Nuevo DíaPor: Redacción Nuevo Día
Dic 7 2021

El polémico proyecto de ley anticorrupción promovido por el Gobierno tuvo la noche de este lunes un agitado debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes, que negó las proposiciones que buscaban eliminar el polémico artículo 68 de la iniciativa el cual censuraría a los medios de comunicación en Colombia por denunciar a funcionarios y exfuncionarios públicos.

Hubo un total de 73 votaron por el no, sobre 51 votos por el sí.

“Esto es especialmente grave para periodistas, para ciudadanía que hace veeduría o partidos que hacen control político. Limitar de esta manera la libertad de expresión a el derecho de oposición es inconstitucional. Es abiertamente a la comisión Interamericana. Este es el camino de regímenes autoritarios a lo largo y ancho del continente”, señalo la representante Juanita Goebertus.

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El representante a la Cámara del Centro Democrático, Gabriel Santos, destacó que se logró convencer a la plenaria de votar en contra de una parte del artículo, el cual quedó de esta manera.

Concretamente, la iniciativa radicada dice:

Artículo 221A. “Injuria y calumnia contra funcionarios o exfuncionarios públicos. El que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.

“Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente que, previo el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la Ley 906 de 2004”.

En otros términos se plantea es castigar con 5 a 10 años de cárcel y sanciones que van desde los 12 millones 110 mil 651 pesos a 1.362 millones 789 mil pesos, para quienes critiquen a los servidores públicos y exfuncionarios.

 

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