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La Corte Constitucional suspende fumigación con glifosato

La decisión confirma una sentencia adoptada el 10 de julio de 2020 por el Tribunal Administrativo del departamento de Nariño.

La Corte Constitucional suspende fumigación con glifosato
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Redacción Nuevo DíaPor: Redacción Nuevo Día
Ene 19 2022

 

La tarde de este miércoles, la Corte Constitucional frenó la fumigación con glifosato en Colombia hasta que se haga una consulta previa con las comunidades eventualmente afectadas con las aspersiones.

La decisión confirma una sentencia adoptada el 10 de julio de 2020 por el Tribunal Administrativo del departamento de Nariño.

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“El problema evidenciado es replicable en cada uno de los municipios que integran los núcleos de operación definidos para el Programa de erradicación con glifosato”, dice la corte.

Por tanto, la Sala estima que “la semipresencialidad, limitada por la pandemia, no es sinónimo de garantía de la participación ambiental, especialmente en el componente deliberativo”.

La máximo autoridad además concedió el amparo de los derechos fundamentales a la consulta previa y a la participación en materia ambiental, a José Ilder Díaz Benavides, María Esperanza García Meza, Adolfo León López Zapata y Rosa María Mateus Parra y otros, en contra de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, la Policía Nacional y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior.

El alto tribunal también ordenó a la ANLA, el Ministerio del Interior y la Policía Nacional que, en el término de un año contado a partir de la notificación de la sentencia, que puede ser prolongado hasta por seis meses más.

Por lo tanto, deben adelantar un proceso de consulta previa con las comunidades étnicas que tienen presencia en cada uno los seis (6) núcleos de operación definidos para la modificación del Plan de fumigación, que abarcan un total de 104 municipios en 14 departamentos.

Finalmente, ordenó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales que en un plazo de 15 días después de notificarse la sentencia, adelante las gestiones necesarias para reprogramar las reuniones informativas y la audiencia pública ambiental en el marco de la modificación del Plan de Manejo Ambiental del programa de erradicación solicitado por la Policía Nacional.

Al tiempo, le pide a la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo hacer seguimiento detallado de esta instrucción.

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